TODO LO QUE DEBES SABER SOBRE LAS COMISIONES DE LA HIPOTECA ANTES DE FIRMARLA.


La nueva Ley Hipotecaria que entró en vigor en 2019 trajo consigo numerosos cambios a la hora de obtener un préstamo hipotecario. Estos cambios, entre otras cuestiones, afectaron a las
 comisiones de la hipoteca. Por ello, antes de firmarla, es recomendable saber qué tipo de comisiones te puede cobrar el banco por ello.

En líneas generales, el objetivo de esta nueva ley hipotecaria era otorgar más protección al usuario. Por ejemplo, desde que existe esta ley, el cliente tiene que tener el contrato, como mínimo, diez días antes de la firma o solo tendrá que hacerse cargo de los gastos de tasación.

También con esta ley se pone fin a las cláusulas suelo o se establece que los bancos no pueden vincular productos financieros a la concesión de una hipoteca, aunque sí pueden bonificar con descuentos en los tipos de interés la contratación de algún producto como seguros de hogar o de vida.

¿En qué consiste la comisión de apertura?

Tradicionalmente, uno de los asuntos que más había preocupado a los clientes en relación con las comisiones de la hipoteca era la de apertura. De hecho, era frecuente tener que pagar dos: la de apertura y la de estudio. Además, en ninguno de los dos casos existía un límite.

Ahora, las entidades bancarias solo pueden cobrar una: la comisión de apertura. De esta manera, la de estudio desaparece. Si bien es cierto que ya solo existe una, no está sujeta a ningún tope. Además, hay bancos que tampoco cobran esta comisión.

¿Cómo ha cambiado la comisión por amortización anticipada?

Hasta ahora, si una persona quería devolver todo o parte del préstamo hipotecario tenía que pagar las comisiones por amortización anticipada. Tal y como señalan desde kelisto, podían ser de dos tipos:

  • Comisión por desistimiento. Esta se aplicaba a hipotecas de tipo fijo o de tipo variable. Además, estaba limitada. En primer lugar, solo se podría cobrar un máximo del 0,5 % de la cantidad amortizada anticipadamente si la operación se realizaba en los primeros cinco años. Si se producía después, el máximo era del 0,25 %.
  • Comisión por riesgo de tipo de interés. Esta se aplicaba solo a las hipotecas fijas en el caso de que el banco perdiera dinero como consecuencia de la operación.

En la actualidad, las comisiones de la hipoteca relacionadas con la amortización del préstamo tienen nuevos límites:

  • En el caso de la de desistimiento, los bancos pueden elegir entre dos opciones: durante los cinco primeros años se podrá aplicar comisión hasta un límite del 0,15 % (y después ya nada) o durante los tres primeros años hasta un máximo del 0,25 % (y después nada).
  • Por su parte, la comisión por riesgo de interés ahora tiene unos límites que se sitúan en el 2 % durante los 10 primeros años y, posteriormente, un 1,5 %.

Otros aspectos que hay que tener en cuenta sobre las comisiones de la hipoteca

Pese a que estos sean los principales asuntos relacionados con las comisiones de la hipoteca para los clientes, hay otras cuestiones que es conveniente tener en cuenta como, por ejemplo:

  • Se facilita la subrogación de la hipoteca al cambiarla de un banco a otro. Para ello, desaparece la comisión de subrogación que oscilaba entre el 0,25 % y el 1 %, siempre y cuando no se haga en los tres primeros años de vida del préstamo. Asimismo, sí que existen una serie de costes para los bancos que quieran quedarse con la hipoteca, pero que no afectan al cliente.
  • A la hora de cambiar las condiciones que inicialmente se pactaron con la entidad bancaria no hay que pagar ninguna comisión por novación de la hipoteca.

Informarse sobre todo lo que tiene que ver con las comisiones de la hipoteca tanto a corto como a largo plazo es importante para saber cómo elegir la hipoteca más adecuada y para evitar sorpresas en el futuro.

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