¿TIENES UNA VIVIENDA DE PROTECCIÓN OFICIAL Y NO SABES CÓMO VENDERLA? NO TE PREOCUPES, EN LUXURY HOMES TE CONTAMOS TODOS LOS DETALLES.

En principio, conviene definir que es una vivienda de protección oficial, y podemos decir que es un tipo de casa destinada a personas que no cuentan con los recursos suficientes para acceder a una vivienda digna de otra forma. Este tipo de inmuebles son subvencionados por el estado, tiene un precio limitado y deben cumplirse ciertos requisitos para poder acceder a ellos.

En Al Día Con Luxury Homes te contamos todos pasos e información que debes tener en cuenta para vender una vivienda de protección oficial.

Te preguntarás si es posible vender un piso VPO y para resolver esta duda deber tener claro que conseguir una vivienda de protección oficial implica cumplir una serie de condiciones específicas, por lo tanto, su uso se encuentra limitado y consecuentemente su venta también. No obstante, lo anterior, SI ES POSIBLE VENDER UN PISO DE PROTECCIÓN OFICIAL siempre cuando se cumplan con una serie de requisitos. El punto de partida es conocer qué tipo de vivienda protegida es la que tienes.

Requisitos para vender una vivienda de protección oficial:

Si tienes pensado vender una vivienda protegida antes de que hayan transcurrido de 10 a 30 años desde la adquisición (suele ser el plazo medio tras el cual puede pasar de ser una casa libre en las diferentes regiones), habrá que solicitar una autorización a la comunidad autónoma, adicionalmente deberá cumplirse con las siguientes exigencias, las cuales pueden varias dependiendo la comunidad autónoma en donde te encuentres:

-          Devolución de ayudas percibidas: Si quieres vender antes del tiempo estipulado, será necesario que devuelvas las ayudas recibidas.

-          Precio de venta limitado: Mientras la vivienda conserve su calificación de protegida, no se puede vender a precio libre.

-          Consultar el plan de la comunidad autónoma: Será necesario verificar el periodo durante el cual la vivienda mantiene su calificación de protegida.

-          Derecho de tanteo y retracto: La administración tiene la opción preferente de compra antes que otros interesados.

Aunado a lo anterior, deberás tener a tu alcance la siguiente documentación que tendrás que aportar:

-          Documento de identidad del propietario del inmueble protegido.

-          Justificantes de las ayudas que se hayan recibido.

-          Certificado o contrato de la hipoteca que acredite qué tipo de préstamo se mantiene.

-          La calificación de la vivienda de protección oficial.

-          El número de expediente del terreno o finca.

-          La nota simple del registro de la propiedad.

Una vez reunidos estos documentos, habrá que presentarlos en la Oficina de Vivienda de la localidad en donde se encuentre la casa y solicitar una autorización para la venta.

¿Cuándo se puede vender una vivienda de protección oficial?

La regla general es que se pueda vender pasados 10 o 30 años (el plazo tras el cual el piso puede convertirse en una vivienda libre). No obstante, dicho tiempo puede cambiar de acuerdo con la comunidad autónoma. Además, también se podría vender antes de ese tiempo, aunque siga siendo protegida. En este caso, habrá que cumplir unas condiciones específicas o pedir la descalificación voluntaria.

¿Es posible vender una VPO antes de los 10 años?

Una forma de conseguir la autorización del Estado para vender una casa protegida es demostrar que existen motivos importante para ello. Por ejemplo, la necesidad de trasladarse a otra ciudad por motivos laborales, un incremento del número de miembros de la familia o necesidad de un miembro de la familia mayor de 65 años.

La respuesta general es que, SI SE PUEDE VENDER, la consejería de vivienda de la comunidad autónomo donde se ubique el inmueble establecerá un precio máximo legal de venta de la VPO.

Vender una vivienda de protección oficial después de 10 años:

Si han transcurrido 10 años desde que se compró la VPO o ha pasado el tiempo de protección, que con la nueva Ley de Vivienda es de 30 años (sin carácter retroactivo), no necesitas autorización ni devolver las ayudas. Si ya es una vivienda libre, podrás venderla al precio que quieras. No obstante, es recomendable acudir al organismo competente en materia de vivienda de tu comunidad para que te informen de todo.

 

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